L´escriptori Clínic

L´escriptori Clínic
Actualitat Sanitària

dijous, 16 d’octubre del 2008

Incapacitació Judicial d´un malalt mental

Font: Diario Medico

Opinió: és molt important que l´incapacitació tingui per una part, el diagnóstic, però per un altre el dictamen médic-forense




Noticia:

"Es impropio fiar únicamente al diagnóstico una incapacitación"

"El procedimiento de incapacitación judicial de un enfermo mental debe contar con un dictamen médico-forense. Según Alfredo Calcedo, catedrático de Psiquiatría, no debe basarse sólo en el diagnóstico."

Gonzalo de Santiago 16/10/2008

"El aumento de la esperanza de vida, con mayor riesgo de sufrir problemas neurológicos, y la crisis del modelo familiar tradicional, que hace que muchos ancianos se encuentren desamparados, hace que el procedimiento de incapacitación judicial cobre una especial relevancia para proteger a estos pacientes de posibles abusos.

Este procedimiento requiere un dictamen pericial médico previo, acordado por el tribunal correspondiente, tal y como establece el artículo 759.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Alfredo Calcedo, catedrático de Psiquiatría y exdirector del máster de Psiquiatría Legal de la Universidad Complutense de Madrid, ha explicado a los jueces cómo interpretar este dictamen médico-forense en unas jornadas organizadas por el Consejo General del Poder Judicial. En su opinión, el forense debe realizar un análisis funcional y, "a pesar de que habrá casos de presuntos incapaces tan deteriorados que, a primera vista, no pudieran exigir mayor comentario, fiarse sólo del diagnóstico y dar lo demás por sobreentendido seguiría siendo impropio porque faltarían consideraciones clínicas más allá del diagnóstico, que podrían ser determinantes para definir mejor los cuidados exigidos".

A pesar de que a la equiparación entre diagnóstico e incapacitación civil le respalda una larga tradición psiquiátrica y antes los enfermos mentales más graves tenían mínimas posibilidades de autodeterminarse, la situación ha cambiado claramente a mejor.

"El respeto a la autonomía de los enfermos mentales, cualesquiera que sean su condición y situación, es una obligación bien definida. Por ello, se nos exige a los profesionales de la salud una mayor comprensión de su autonomía".

No es de extrañar, pues, que se presenten cada día más demandas de incapacitación, a diferencia de lo que sucedía antaño, y que las exigencias de definición y matización sean mayores. De aquí que aproximaciones clínicas a presuntos incapaces, basadas exclusivamente en el diagnóstico, se queden cortas."


1 comentari:

  1. No sempre és possible anar amb una persona amb malaltia mental al Jutjat per ser visitat per un metge forense i despres la vista amb el jutge. Moltes persones amb aquests greus problemes no son incapacitades davant aquesta impossibilitat.

    ResponElimina